El Despacho de Abogados Carlos Romero Sanz de Madrid, con más de 35 años de especialización  en Derecho Concursal, se pone al servicio de particulares y empresas de Madrid, para que con su experiencia se garantice un trabajo de calidad.

En Carlos Romero Sanz de Madrid, nuestros abogados podrán asesorarte en todo el proceso, velando por el buen desa-

rrollo de todos los procedimientos requeridos. Nos ocupamos tanto  del concurso de las personas físicas,  como el de las

empresas.

Concurso de persona física

 

En relación con el concurso de personas físicas, hay que destacar que en el concurso de las mismas se introduce "la

Segunda Oportunidad", que permite la exoneración de parte de sus deudas (la denominada "Exoneración del Pasivo

Insatisfecho") para  dejar atrás una situación económica critica, y poder volver a nacer financieramente. En el concur-

so de la persona individual el despacho se ocupa:

  • Preparación y presentación del concurso

  • Petición de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho

  • Representación y asesoramiento letrado en todo el procedimiento 

En el caso de las deudas de Hacienda y Seguridad Social, se puede cancelar las deudas hasta un máximo de 20.000€

(10.000 por cada una). En cuanto al resto de la deuda pendiente, la que debido a su montante adeudado no entra en ese

límite máximo regulado, no queda abandonada, cabe la posibilidad de establecer un plan de pagos con la Administra-

ción correspondiente, siempre bajo unas condiciones y unas cuantías acordes con las circunstancias económicas del

deudor.

 

Concurso de Sociedad

 

En el concurso de las empresas, si su empresa no ha podido hacer frente al pago de las deudas contraídas, o prevé que

esta situación se va a dar de forma inminente, se tiene la obligación de solicitar el concurso de acreedores en el plazo de

dos meses desde que conoce esta situación. En el caso de no hacerlo, podrían solicitar la responsabilidad personal del

empresario y/o consejeros y responderían con su propio patrimonio. En este concurso empresarial, el despacho se en-

cargará:

  • Preparación y presentación de concursos de acreedores voluntarios y necesarios

  • Representación y asesoramiento letrado en todo el procedimiento concursal
  • Oposición a demandas de calificación culpable

 

Reestructuración 

 

La reestructuración tiene por objeto la modificación de la composición, de las condiciones o de la estructura del activo 

y del pasivo del deudor, o de sus fondos propios, incluidas las transmisiones de activos, unidades productivas o de la to-

talidad de la empresa en funcionamiento, o una combinación de estos elementos. Transcurridos tres meses desde la co-

municación al Juzgado de la apertura de negociaciones con sus acreedores, el deudor que no haya alcanzado un plan 

de reestructuración deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente, salvo que no se encontrara en

en estado de insolvencia actual.

 

Obras publicadas por el titular del despacho

 

El titular del despacho Carlos Romero Sanz de Madrid, junto con su larga experiencia profesional, es autor de las

siguientes obras sobre la Ley Concursal:

 

  • Derecho Concursal, Ed. Civitas, Madrid, 2005, con una segunda edición el año 2012.

 

  • La Calificación en el concurso de Acreedores, Ed. Bosch, Barcelona, 2014, con una segunda edición en el año 2020, y una tercera edición en el año 2022.

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